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DECRETO_1125_01 > Lista nivel 1: -)
k) Un estudio de impacto ambiental que considere el tipo de proyecto, las infraestructuras requeridas, la zona del impacto y la sensibilidad del área, aprobado por la secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con la ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64-00, de fecha 18 de agosto del 2000, sus reglamentos...
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DECRETO_1125_01 > Art. 22
.- Cada miembro del Consejo de Fomento Turístico (Confotur) tendrá derecho a un voto y las decisiones a que se llegue en las sesiones se tomaran por mayoría de votos. EL Secretario del Consejo de Fomento Turístico (Confotur) tendrá voz, pero no voto. PARRAFO. - El presidente del Consejo de Fomento Turístico (Confotur) contara con un voto adicional en caso de ocurrir...
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DECRETO_1125_01 > Art. 2
.- La Oficina Técnica, como órgano de la Secretaría de Estado de Turismo, elaborara planes y linimientos para el desarrollo sectorial que reflejen las prioridades de los servicios turísticos con miras a la configuración de proyectos turísticos aprobados por la Secretaría de Estado de Estado de Turismo. PARRAFO. - Los planes y lineamientos se elaboraran en coordinación con la Oficina Técnica como...
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DECRETO_1125_01 > Art. 36
.- Las inspecciones de los proyectos podrán hacerse con o sin previo aviso y sobre aspectos generales o específicos de los mismos. PARRAFO. - Cualquier acto de los inversionistas que impida u obstaculice a los analistas y supervisores el acceso a los lugares y a las informaciones requeridas para la mejor fiscalización del proyecto, los hará pasibles de suspensión temporal o definitiva...
DECRETO_1125_01 > Art. 36
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DECRETO_1125_01 > Art. 16
.- las copias del expediente de la solicitud las mantendrá la Oficina en sus archivos, y el original le será remitido al Consejo de Fomento Turístico (Confotur) a través de su presidente. PARRAFO. - solo el Consejo de Fomento Turístico (CONFOTUR) podrá poner en circulación un ejemplar entre consultores o asesores cuya opinión crea conveniente recabar. Los demás ejemplares serán para el...
DECRETO_1125_01 > Art. 16
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DECRETO_1125_01 > Art. 5
.- El compromiso que asume el Estado, en virtud del artículo 3 de la ley 158-041, respecto a la construcción de la infraestructura de los polos y Demarcaciones Turísticos se cumplirá de acuerdo a sus posibilidades económicas y a su plan de inversiones publicas para cada ejercicio fiscal. PARAFO.- cualquier participación de una empresa privada o pública en la contracción...
DECRETO_1125_01 > Art. 5
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DECRETO_1125_01 > Art. 17
.- A mas tardar 30 días después de recibido la solicitud, la Oficina Técnica presentara un informe evaluativo al Director en el cual se harán constar sus conclusiones y recomendaciones tanto acerca del proyecto en general como sobre cada uno de sus elementos. PARRAFO I. - la Oficina Técnica enviara copia de su informe evaluativo a los miembros del Directorio. PARRAFO II...
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DECRETO_1125_01 > Art. 33
.- En caso excepcional, el Consejo de Fomento Turístico (Confotur) podrá autorizar la transferencia de mercancía y artículos importados al amparo de la ley siempre que, a petición de la parte interesada o por iniciativa propia, compruebe que dicha mercancías y artículos no son ya requeridos por el proyecto turístico aprobado. PARRAFO I. - Para la realización de la transferencia, será necesario...
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DECRETO_1125_01 > Art. 40
.- El Director de la Oficina Técnica del Consejo de Fomento Turístico (Confotur) tendrá dedicación exclusiva a los deberes de su cargo, y no podrá aceptar trabajos de consultorio o de otra índole que fuera pagado por los interesados a titulo de trabajos particulares. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a...
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DECRETO_1125_01 > Lista nivel 1: -)
l) Un anteproyecto arquitectónico, así como los detalles preliminares de ingeniería del mismo, preparado por una persona física o jurídica profesionalmente capacitada para el ejercicio dentro del ámbito de ingenieros y/o arquitectos. Las asesorias, consultas o participaciones de especialistas extranjeros en la formulación de estudios preliminares arquitectónico o de Ingeniería, o en las etapas subsiguientes del desarrollo del proyecto...
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DECRETO_1125_01 > Art. 31
.- Las resoluciones que concedan exoneraciones de impuesto de importación y, además, gravámenes, tendrán validez solo por seis meses a partir de la fecha de expedición y únicamente para importaciones conjuntas. PARRAFO I. - La exoneración de artículo que sea objeto de importaciones disgregadas se concederá por resoluciones separadas. PARRAFO II. - El Consejo de Fomento Turístico (Confotur) podrá extender el plazo de...
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DECRETO_1125_01 > Art. 24
.- El secretario del Consejo de Fomento Turístico (Confotur) levantara acta de cada sesión que se celebre, en la cual relatara los trabajos de la reunión. La aprobación de esta acta deberá ser el puntoso No. 1 de la agenda de la próxima sesión, y deberá ser firmada e inicialaza por los miembros que asistieron a esa sesión. PARRAFO I. - Las...
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DECRETO_1125_01 > Art. 10
.- para fines de su exclusión de las exoneraciones de importación, la Oficina Técnica someterá al Consejo de fomento Turístico (Confotur) una lista de todos los bienes y servicios producidos en el país cuya calidad sea suficiente para la construcción, equipamiento u operación de los proyectos turísticos y que no requieran ser importados. PARRAFO. - la aprobación de la lista por parte...
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DECRETO_1125_01 > Art. 27
.- Las resoluciones que concedan beneficios al amparo de la ley deberán ser firmada e iniciadas por los miembros del el Consejo de Fomento Turístico (Confotur) que las aprobaron, para que las mismas adquieran validez ante las autoridades correspondientes. PARRAFO. - La Oficina Técnica se encargara de elaborar y mantener al día un registro de las firmas y las iniciales de los...
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DECRETO_1125_01 > Art. 32
.- El Consejo de Fomento Turístico (Confotur) queda facultado para realizar cuantas investigaciones se consideren de lugar respecto a la documentación que se le presente en las solicitudes y sobre cualquier otro aspecto conexo con sus funciones. PARRAFO I. - La Oficina Técnica implementara un programa de inspecciones y mecanismos de control que le permita seguir y fiscalizar el desarrollo de los...
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DECRETO_1125_01 > Art. 8
.- los beneficios de la ley solo se otorgaran a aquellos proyectos que demuestren su viabilidad económica y financiera. La Oficina Técnica queda encargada de evaluar la viabilidad de los proyectos y de comunicar sus conclusiones y recomendaciones sobre el particular al Consejo de Fomento Turístico (Confotur). PARRAFO.- en el caso de que el Consejo de Fomento Turístico (Confotur) No este...
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DECRETO_1125_01 > Art. 20
.- El quórum de las sesiones del Consejo de Fomento Turístico (Confotur) será de la mitad más uno de sus miembros. Cuando por una causa especial no se logre el quórum en una sesión del Consejo de Fomento Turístico (Confotur), este queda convocado para el tercer día siguiente al de la sesión no celebrada. PARRAFO I. - Cuando el día fijado para...
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DECRETO_1125_01 > Art. 19
.- Las convocatorias a las reuniones o sesiones del Consejo de Fomento Turístico (Confotur) las hará la secretaria del mismo, vía telegrama, telex, cable o carta circular, por lo menos con cinco días de antelación a la fecha de la sesión convocada. En convocatoria deberán consignarse la fecha, el lugar y la hora de la reunión. PARRAFO I. - Simultáneamente, la Secretaria...
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DECRETO_1125_01 > Art. 21
.- Durante las sesiones, el Consejo de Fomento Turístico (Confotur) conocerá de las solicitudes que hayan sido tramitadas por vía de la Secretaria tanto para proyectos nuevos como para aquellos que hubiesen sido aprobados en sesiones anteriores. El Consejo de Fomento Turístico (Confotur) conocerá cualquier otro asunto que sugiera la Secretaria o propio de sus funciones de órgano administrativo de la...
DECRETO_1125_01 > Art. 21
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DECRETO_1125_01 > Art. 30
.- Los derechos que acuerde una resolución serán transferibles solo con la aprobación previa del directorio. PARRAFO I. - La transferencia de los derechos de un proyecto turístico aprobado deberá ser autorizada por el Consejo de Fomento Turístico (Confotur). Los nuevos adquirientes no podrán usufructuar los beneficios de la ley sin tal autorización. PARRAFO II. - La autorización de venta y traspaso de...
DECRETO_1125_01 > Art. 30
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