- RETENCIÓN DEL ITBIS.
La Administración Tributaria puede designar, en calidad de agentes de retención, a los receptores de ciertos servicios o adquirentes de determinados bienes, identificándose con precisión dichos servicios y bienes.
Párrafo I. En el caso de que el prestador de un servicio gravado fuere una persona física y el beneficiario del mismo fuere una persona jurídica o negocio...
a. El ITBIS, el Impuesto Selectivo al Consumo y cualquier otro impuesto o cargos adicionales, deben consignarse separadamente, indicando el concepto del impuesto o cargo correspondiente.
. TRANSPARENTACION DEL IMPUESTO
A los fines del literal b) del Artículo 355 del Código, en todos los documentos que amparen las transferencias y servicios, deberá figurar el ITBIS separado del precio, incluso en las transferencias al consumidor final.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 9 días del mes Marzo de del...
...En consecuencia, las devoluciones de bienes gravados con el ITBIS efectuadas después del indicado plazo de 30 días, podrán conllevar únicamente la restitución del precio pagado, sin incluir la devolución del ITBIS.
.- Se agrega un párrafo al Artículo 18 del Reglamento, para que diga de la siguiente manera: "ARTICULO 18.- CERTIFICADO DE CREDITO DE ITBIS".
PARRAFO. - En el easo de compensación de saldos a favor del ITBIS con otros impuestos, en virtud de las disposiciones del Artículo 19 del Código, el contribuyente deberá solicitar por escrito la autorización de la Administración Tributaria...
...Cuando un contratista o subcontratista, sean éstos personas físicas o jurídicas, realicen trabajos de construcción y dichos trabajos incluyan materiales, equipos o piezas de la construcción, la facturación del ITBIS se aplicará sobre el 10% del monto total de los trabajos facturados.
Párrafo. Si las obras realizadas bajo la modalidad antes indicada, son realizadas mediante Contrato de Administración, en las...
- CONCEPTO DE ITBIS ADELANTADO.
El contribuyente tendrá derecho a deducir del impuesto bruto, los importes que por concepto de este impuesto haya adelantado en el mismo período, siempre que reúna los siguientes requisitos: