⚖️ Legisla v7

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DECRETO_674_12 ARTICULO
DECRETO_674_12 > Art. 3
Definiciones. En adición a los términos definidos en el Artículo 2, de la Ley 392-07, para fines de aplicación e interpretación de este Reglamento, los términos que a continuación se indican se entenderán como se definen en cada caso:
DECRETO_674_12 > Art. 3
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DECRETO_674_12 > Art. 63
Medios e información. En todos los casos, la Dirección General de PROINDUSTRIA, con el soporte de sus distintas dependencias, garantizará la entrega oportuna a los auditores externos de todos los medios e información requeridos para el desempeño de sus labores.
DECRETO_674_12 > Art. 63
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DECRETO_674_12 > Art. 19
Los titulares de las entidades estatales y las asociaciones industriales, que conforman el Consejo Directivo de PROINDUSTRIA, cuando sustituyan a sus representantes ante dicho Conejo, deberán notificarlo por escrito, con por lo menos diez (10) días de antelación a la próxima Sesión.
DECRETO_674_12 > Art. 19
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DECRETO_674_12 > Art. 21
Funciones del o la Directora(a) General. En adición a las funciones estipuladas en el Artículo 12, de la Ley y las que puedan conferirle ofros reglamentos y normas, el o la Directora(a) General tendrá las atribuciones que se indican a continuación:
DECRETO_674_12 > Art. 21
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DECRETO_674_12 > Art. 5
Del fomento a la actividad industrial. El Consejo Directivo, mediante resoluciones dictadas al efecto, y en conformidad con el Plan Estratégico Institucional, establecerá programas de apoyo y fondos concursables para el apoyo de proyectos industriales, dentro de una o varias de las siguientes categorías:
DECRETO_674_12 > Art. 5
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DECRETO_674_12 > Art. 17
Delegación de poderes. El Consejo Directivo podrá delegar actuaciones particulares en el o la Director(a) General, en los Órganos de Trabajo del Consejo o en las Unidades Técnicas de PROINDUSTRIA creadas para fines específicos, para dar cumplimiento a mandatos establecidos en la Ley.
DECRETO_674_12 > Art. 17
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DECRETO_674_12 > Art. 59
Objetivos de la función de fiscalización, Las funciones de fiscalización y supervisión del Consejo Directivo tendrán como objetivo la recaudación y manejo adecuado de los recursos de la institución, de conformidad con los principios de eficacia, eficiencia, economía, responsabilidad, transparencia, confiabilidad, legalidad y probidad.
DECRETO_674_12 > Art. 59
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DECRETO_674_12 > Art. 14
Eficacia de los actos. Para que un acto que afecte a los terceros cuente con la validez y la eficacia necesaria, se requerirá de la notificación a los interesados, del texto íntegro de la resolución, y la indicación de las vías y plazos para recurrirla.
DECRETO_674_12 > Art. 14
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DECRETO_674_12 > Art. 24
De la Secretaría del Consejo Directivo. El (la) Director(a) General ejercerá las funciones de Secretaría del Consejo Directivo, con derecho a voz pero sin voto. En sus funciones de Secretaría del Consejo, podrá auxiliarse del personal técnico o administrativo necesario, a los fines de:
DECRETO_674_12 > Art. 24
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DECRETO_674_12 > Art. 23
De la Presidencia del Consejo Directivo de PROINDUSTRIA. El Consejo Directivo de PROINDUSTRIA estará presidido por el Ministro de Industria y Comercio o por un viceministro que éste designe. El Presidente del Consejo Directivo, o quien haga sus veces, tendrá dentro de sus atribuciones, las siguientes:
DECRETO_674_12 > Art. 23
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DECRETO_674_12 > Art. 49
Implementación de los objetivos estratégicos institucionales. El Plan Estratégico Institucional establecerá las estrategias y planes para la implementación de los objetivos estratégicos institucionales, mediante la definición de objetivos específicos, metas, indicadores y proyectos concretos que atribuyan las responsabilidades de aplicación, implementación y evaluación dentro de calendarios específicos.
DECRETO_674_12 > Art. 49
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DECRETO_674_12 > Art. 50
Aprobación del Plan Estratégico Institucional. La propuesta de Plan Estratégico Institucional deberá ser sometida al Consejo Directivo, el cual podrá presentar sus observaciones y modificaciones. Para fines de la aprobación definitiva del Plan, se requerirá el voto favorable de la mayoría simple de los miembros del Consejo Directivo.
DECRETO_674_12 > Art. 50
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DECRETO_674_12 > Art. 15
Composición Orgánica. PROINDUSTRIA está compuesta por el Consejo Directivo como órgano rector del Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial; y por el o la Director(a) General; junto a el/ la Sub-director(a) técnico (a), y las unidades técnicas y de coordinación como los órganos de administración de la institución.
DECRETO_674_12 > Art. 15
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DECRETO_674_12 > Art. 47
Elaboración del Plan Estratégico Institucional. Corresponde a la Dirección General la elaboración de una propuesta de Plan Estratégico Institucional quinquenal de PROINDUSTRIA, en el cual se definan los objetivos generales y específicos del período, y las metas institucionales, así como los programas, proyectos, servicios a la industria e iniciativas en general a implementados por la institución.
DECRETO_674_12 > Art. 47
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DECRETO_674_12 > Art. 51
Del Plan Operativo Anual. A más tardar en julio de cada año, la Dirección General someterá al Consejo Directivo un proyecto de Plan Operativo Anual, de conformidad con los lineamientos y objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional para el período en cuestión. El Consejo Directivo podrá presentar sus observaciones y recomendaciones, y su aprobación requerirá mayoría simple.
DECRETO_674_12 > Art. 51
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DECRETO_674_12 > Art. 71
Derogaciones. Las disposiciones del presente Reglamento modifican cualquier otra disposición reglamentaria o resolución que le sea contraria en todo o en parte. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Capital de la República Dominicana, a los siete ( 7 ) días del mes de dicienbre del año dos mil doce (2012), año 169 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DECRETO_674_12 > Art. 71
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DECRETO_674_12 > Art. 16
Derechos y Deberes de los miembros del Consejo Directivo de PROINDUSTRIA. Los miembros del Consejo Directivo de PROINDUSTRIA son los indicados en el Artículo 5, de la Ley, y ejercerán sus funciones de manera honorífica. Sin que la enunciación sea limitativa y sin perjuicio de las disposiciones del Artículo 6 de la Ley, los miembros del Consejo Directivo deberán:
DECRETO_674_12 > Art. 16
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DECRETO_674_12 > Art. 66
Publicación. Las memorias y balances anuales, así como los resultados de las auditorías anuales y especiales, serán puestos a la disposición del público, a través de los medios electrónicos institucionales. Dicha publicación se realizará a más tardar dentro de quince (15) días calendarios, contados a partir de la fecha de la sesión en la que se conozcan los mismos.
DECRETO_674_12 > Art. 66
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DECRETO_674_12 > Art. 7
- Modalidades de apoyo. El Plan Operativo Anual incluirá programas de asignación de fondos reembolsables, en conformidad con los lineamientos de la política de crédito y financiamiento de PROINDUSTRIA; así como, programas de apoyo no reembolsables, los cuales serán sometidos a concurso público, Las bases, requisitos y procedimientos serán establecidos en un reglamento especial, dictado al efecto por el Consejo Directivo.
DECRETO_674_12 > Art. 7
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DECRETO_674_12 > Art. 52
Del presupuesto institucional. El presupuesto anual institucional será elaborado cada año por la Dirección General, y responderá a los lineamientos del Plan Operativo Anual aprobado por el Consejo Directivo para el período en cuestión. La presentación del proyecto de presupuesto se realizará a más tardar en el mes de agosto de cada año y su aprobación requiere mayoría simple de...
DECRETO_674_12 > Art. 52
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