ARTICULO
DECRETO_674_12
Nº 24
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De la Secretaría del Consejo Directivo. El (la) Director(a) General ejercerá las funciones de Secretaría del Consejo Directivo, con derecho a voz pero sin voto. En sus funciones de Secretaría del Consejo, podrá auxiliarse del personal técnico o administrativo necesario, a los fines de: