⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_84_99 Nº 15

LEY_84_99 > Art. 15

- Como medios de compensación, los Bonos de Compensación Tributaria se emplearán de forma indistinta tanto para el Reintegro de los Derechos y Gravámenes Aduaneros, como para el mecanismo de Compensación Simplificada de Gravámenes Aduaneros, establecidos en la presente Ley.
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