ARTICULO
LEY_82_13
Nº 3
LEY_82_13 > Art. 3
- Sistema de Monitoreo. El Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Cine (DGCINE) establecerán un sistema de monitoreo a fin de determinar el impacto económico y fiscal de las inversiones en producciones extranjeras y de aplicación del Crédito Fiscal Transferible con el objetivo de determinar si el ingreso fiscal correspondiente a la inversión en cada producción extranjera supere el gasto tributario asociado. Dichas entidades contaran con el apoyo de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para que esta provea la información necesaria. El Ministerio de Hacienda y la DGCINE deberán recomendar al Poder Ejecutivo, conforme a los resultados de monitoreo, de las disposiciones que se determinen necesarias para efectivizar el impacto positivo en torno a aumentar la inversión extranjera y aumentar los ingresos fiscales en lo relativo a la Ley No. 108-10 modificada por la Ley 257-10, para el Fomento de la Actividad Cinematográfica de la República Dominicana (la “Ley de Cine”), durante la vigencia del incentivo indicado.