⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_29_06 Nº 11

LEY_29_06 > Art. 11

- (Transitorio). A partir de la promulgación de la presente ley, la Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación (SEDEFIR) no concederá nuevas licencias para la operación de bancas deportivas por un período de 36 meses.
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