⚖️ Legisla v7

LISTA DECRETO_196_01 Nº b

DECRETO_196_01 > Lista nivel 2: b)

B) TRANSPORTE DE CARGA.- El costo de transporte en la República Dominicana de cargas por vía aérea y marítima, cuando el punto de partida se encontrare en la República Dominicana. <!-- --> Si el contrato de transporte de carga cuyo impuesto ha sido pagado conforme con el párrafo anterior es cancelado, el impuesto pagado será tratado como un pago indebido de impuesto y acreditado o reembolsado conforme al procedimiento establecido para los reembolsos, siempre que dicha cancelación se realice dentro de los 30 días de haberse efectuado la facturación del servicio, dentro del marco de las disposiciones del Artículo 339 del Código. <!-- --> Servicios de Vigilancia: El valor total del servicio facturado Cualquier otro servicio no especificado en el Altículo 344 del Código Tributario. El valor total del servicio prestado. <!-- --> En los casos de la prestación de servicios en ocasión de una venta, la base imponible incluirá el valor total del servicio prestado más las prestaciones accesorias a la venta ofrecidas por el vendedor, se facturen o no por separado, menos las bonificaciones y descuentos otorgados, acordes eon los usos del mercado. <!-- --> En el easo de que el precio o valor de la transferencia o de la prestación del servicio gravado no represente el precio o valor del mercado, a los fines de la determinación de la base imponible se tomará el precio o valor del mercado. <!-- --> Se entiende por precio o valor del mercado, el que se cobre normalmente por la prestación del servicio en condiciones normales del sector a que corresponda. En defecto del precio o valor del mercado, la Dirección General hará las estimaciones correspondientes.
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