⚖️ Legisla v7

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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 44
. El órgano responsable de la organización, conducción y ejecución del procedimiento de sorteo de obras es el Comité de Compras y Contrataciones de la Entidad Contratante.
DECRETO_543_12 > Art. 44
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 47
.- El órgano responsable de la organización, conducción y ejecución del procedimiento de comparación de precios, es el Comité de Compras y Contrataciones de la Entidad Contratante.
DECRETO_543_12 > Art. 47
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 137
- El presente Reglamento deroga y sustituye el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, No. 490-07, del 30 de agosto de 2007.
DECRETO_543_12 > Art. 137
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 38
.- Dichas personas responderán solidariamente y en forma particular por todas las consecuencias de su participación en el conjunto, en los procedimientos de contratación y en su ejecución.
DECRETO_543_12 > Art. 38
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DECRETO_543_12 LISTA
DECRETO_543_12 > Lista nivel 1: 3)
Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
DECRETO_543_12 > Lista nivel 1: 3)
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 135
- Luego de conocer las partes afectadas, el Órgano Rector dará un plazo de cinco (5) días calendarios a las partes para que presenten sus alegatos de defensa.
DECRETO_543_12 > Art. 135
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DECRETO_543_12 LISTA
DECRETO_543_12 > Lista nivel 1: -)
i) Los contratos o las órdenes de compras o servicios, según corresponda, se difundirán en el Portal Administrado por el Órgano Rector y en el portal institucional.
DECRETO_543_12 > Lista nivel 1: -)
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 29
.- La Dirección General de Contrataciones Públicas inhabilitará en forma permanente a los proveedores inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, por la comisión de las acciones siguientes:
DECRETO_543_12 > Art. 29
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 35
.- El órgano responsable de la organización, conducción y ejecución del procedimiento de licitación pública nacional o internacional, es el Comité de Compras y Contrataciones de la Entidad Contratante.
DECRETO_543_12 > Art. 35
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 46
.- De la comparación de precios. Las entidades contratantes deberán invitar a todos los posibles oferentes inscritos en el Registro de Proveedores del Estado que puedan atender el requerimiento.
DECRETO_543_12 > Art. 46
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 56
.- El Comité de Compras y Contrataciones, una vez concluido el período de puja, de ser el caso, adjudicará o declarará desierto el procedimiento, mediante resolución administrativa debidamente motivada.
DECRETO_543_12 > Art. 56
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DECRETO_543_12 > Art. 58
.- En el caso de las contrataciones de obras por montos inferiores al umbral mínimo establecido para la comparación de precios, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
DECRETO_543_12 > Art. 58
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DECRETO_543_12 > Art. 105
- Las que sean efectuadas a través de órdenes de compra y órdenes de servicio quedarán perfeccionadas en el momento de notificarse la recepción de conformidad de las mismas.
DECRETO_543_12 > Art. 105
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 111
- Garantías. Para garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones los oferentes, adjudicatarios y contratistas deberán constituir garantías en las formas y por los montos establecidos en el presente Reglamento.
DECRETO_543_12 > Art. 111
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DECRETO_543_12 > Art. 70
.- Pliego de condiciones. La Entidad Contratante deberá usar los modelos estándar de Pliego de Condiciones emitidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, que es el Órgano Rector del Sistema.
DECRETO_543_12 > Art. 70
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 113
- Cuando se soliciten las citadas garantías el Pliego de Condiciones/Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia deberán establecer el monto, plazo de vigencia y la moneda en que deberán constituirse las mismas.
DECRETO_543_12 > Art. 113
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DECRETO_543_12 > Art. 131
- La declaración de interés público de la iniciativa no generará obligaciones a cargo del Estado dominicano, el cual en ningún caso estará obligado a rembolsar gastos ni honorarios al autor del proyecto.
DECRETO_543_12 > Art. 131
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DECRETO_543_12 HEADER_3
DECRETO_543_12 > H1-1 > H2-1 > CAPÍTULO II NORMAS GENERALES COMUNES A TODOS LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES CASOS DE EXCEPCIÓN
CAPÍTULO II NORMAS GENERALES COMUNES A TODOS LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES CASOS DE EXCEPCIÓN
DECRETO_543_12 > H1-1 > H2-1 > CAPÍTULO II NORMAS GENERALES COMUNES A TODOS LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES CASOS DE EXCEPCIÓN
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 19
.- Una vez incorporados al Registro, los interesados no estarán obligados a solicitar nuevamente su incorporación, sino que deberán mantener actualizados los documentos legales-administrativos al momento de la presentación de su oferta técnica.
DECRETO_543_12 > Art. 19
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DECRETO_543_12 ARTICULO
DECRETO_543_12 > Art. 51
.- La unidad responsable de la organización, conducción y ejecución del proceso de compras menores, es la Dirección Administrativa-Financiera o su equivalente, de la Entidad Contratante, previa autorización de la máxima autoridad ejecutiva.
DECRETO_543_12 > Art. 51
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