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LEY_51_23 > H1-1 > CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO TRANSITORIO DE FISCALIZACIÓN ABREVIADA
CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO TRANSITORIO DE FISCALIZACIÓN ABREVIADA
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 4
- Definiciones.** Para fines de aplicación de la presente ley, se entenderán los términos en el sentido dispuesto a continuación:
LEY_51_23 > Art. 4
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LEY_51_23 > H1-1 > CAPÍTULO VI DEL TRATAMIENTO TRANSITORIO PARA BANCAS DE LOTERÍAS
CAPÍTULO VI DEL TRATAMIENTO TRANSITORIO PARA BANCAS DE LOTERÍAS
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LEY_51_23 LISTA
LEY_51_23 > Lista nivel 1: 13)
Multas por incumplimiento de deberes formales tributarios o por evasión tributaria y por prevención de lavado de activos;
LEY_51_23 > Lista nivel 1: 13)
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LEY_51_23 > H1-1 > CAPÍTULO II DEL TRATAMIENTO TRANSITORIO PARA LA PRESCRIPCIÓN DE OFICIO
CAPÍTULO II DEL TRATAMIENTO TRANSITORIO PARA LA PRESCRIPCIÓN DE OFICIO
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 34
- Informe al Congreso Nacional.** El Poder Ejecutivo deberá rendir un informe al Congreso Nacional sobre la ejecución de la presente ley.
LEY_51_23 > Art. 34
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LEY_51_23 > H1-1 > CAPÍTULO V DE LA AMNISTÍA TRIBUTARIA DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO
CAPÍTULO V DE LA AMNISTÍA TRIBUTARIA DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO
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LEY_51_23 > H1-1 > CAPÍTULO IV DE LAS FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS 2016-2021
CAPÍTULO IV DE LAS FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS 2016-2021
LEY_51_23 > H1-1 > CAPÍTULO IV DE LAS FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS 2016-2021
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LEY_51_23 LISTA
LEY_51_23 > Lista nivel 1: 7)
Impuestos a las bancas de loterías, de apuestas y deportivas. Párrafo I.- Quedan excluidos de la declaración de prescripción de oficio los tributos siguientes:
LEY_51_23 > Lista nivel 1: 7)
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 8
- Aplicación de la prescripción.** Se dispone un mecanismo de aplicación especial de la prescripción de oficio dispuesta en este capítulo, que operará de la siguiente manera:
LEY_51_23 > Art. 8
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 33
- Tratamiento transitorio.** El tratamiento transitorio dispuesto en el presente capítulo será aplicable únicamente a los propietarios de bancas de loterías que cumplan con los siguientes requerimientos:
LEY_51_23 > Art. 33
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 36
- Tratamiento especial transitorio.** La presente ley tiene un carácter transitorio desde su entrada en vigencia hasta el veinte (20) de diciembre de dos mil veintitrés (2023).
LEY_51_23 > Art. 36
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 3
- Alcance.** Están sujetas a la aplicación de esta ley las personas físicas, jurídicas, instituciones estatales, entes sin personería jurídica, sucesiones indivisas cuyas deudas, que presenten las características siguientes:
LEY_51_23 > Art. 3
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 6
- Requisitos.** Los contribuyentes, para ser beneficiados con la declaración de prescripción de oficio dispuesta en el artículo 5 de la presente ley, cumplirán con carácter obligatorio los siguientes requisitos:
LEY_51_23 > Art. 6
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 35
- Norma General.** La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitirá una Norma General que regule el procedimiento de aplicación de esta ley y de todos los procedimientos en ella establecidos.
LEY_51_23 > Art. 35
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 18
- Plazo de pago.** Una vez notificada la resolución de determinación por procedimiento especial de fiscalización abreviado, el contribuyente dispondrá de un plazo no mayor de treinta días calendario para realizar el pago.
LEY_51_23 > Art. 18
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LEY_51_23 LISTA
LEY_51_23 > Lista nivel 1: 1)
Estar debidamente interconectados o incorporados a una de las plataformas o sistemas tecnológicos ya existentes, o bajo un nuevo software para tales fines, con la aprobación del Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Lotería Nacional.
LEY_51_23 > Lista nivel 1: 1)
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 26
- Amnistía de las instituciones del Estado.** Se declara una amnistía tributaria en favor de las instituciones del Estado, excluyéndose las empresas públicas o empresas con participación estatal, sobre las deudas fiscales por concepto de retenciones efectuadas y no ingresadas a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
LEY_51_23 > Art. 26
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 20
- Recursos.** El acto de respuesta de rechazo de acogencia al procedimiento abreviado de fiscalización y la resolución de determinación de la obligación tributaria del procedimiento abreviado de fiscalización, se encuentran sujetos a los recursos de reconsideración y recurso contencioso en el modo y plazo que indica la ley.
LEY_51_23 > Art. 20
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LEY_51_23 ARTICULO
LEY_51_23 > Art. 11
- Saldos a favor.** Los saldos a favor originados en ejercicios y periodos fiscales anteriores al 2015, inclusive, prescribirán de oficio, salvo que el contribuyente presente una fiscalización en curso saldo. En este caso, el contribuyente podrá solicitar a la DGII su exclusión de la declaratoria de prescripción de oficio.
LEY_51_23 > Art. 11
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