⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_8_90 Nº 39

LEY_8_90 > Art. 39

- Las mercancías que desde las zonas francas se exporten a territorio dominicano bajo otras reglamentaciones aduanales, serán consideradas como importaciones y estarán sujetas a las disposiciones de la Ley No. 251, del 11 de marzo de 1964 y sus modificaciones, que regula las Transferencias Internacionales de Fondos.
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