⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_8_90 Nº 2

LEY_8_90 > Art. 2

- Se define la zona franca como un área geográfica del país, sometida a los controles aduaneros y fiscales especiales establecidos en esta Ley, en la cual se permite la instalación de empresas que destinen su producción o servicios hacia el mercado externo, mediante el otorgamiento de los incentivos necesarios para fomentar su desarrollo.
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