⚖️ Legisla v7

PARRAFO LEY_87_01 Nº 1

LEY_87_01 > Parrafo 1

.- El dueño de la obra, empresa o faena, será considerado subsidiariamente responsable de cualquier obligación que, en materia de afiliación y cotización, afecten a sus contratistas respecto de sus trabajadores. Igual responsabilidad afectará al contratista en las obligaciones de sus subcontratistas.
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