ARTICULO
LEY_87_01
Nº 99
LEY_87_01 > Art. 99
- Clasificación de riesgos y límite de inversión. La Comisión Clasificadora de Riesgos determinará el grado de riesgo actual de cada tipo de instrumento financiero, la diversificación de las inversiones entre los tipos genéricos y los límites máximos de inversión por tipo de instrumento. La misma estará integrada por: