⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_87_01 Nº 89

LEY_87_01 > Art. 89

- Actividades prohibidas a las AFP. Se prohíbe a los directores de una AFP, a sus controladores, gerentes, administradores y, en general, a cualquier persona que en razón de su cargo o función tome decisiones o tenga acceso a información sobre las inversiones de la AFP:
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