⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_87_01 Nº 58

LEY_87_01 > Art. 58

- Incompatibilidad de la pensión y de la cesantía por jubilación o retiro. El derecho a una pensión por vejez, discapacidad y sobrevivencia del Régimen Contributivo libera al empleador de la compensación establecida en el Código de Trabajo, ley 16-92, por concepto de cesantía por jubilación o retiro.
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