ARTICULO
LEY_87_01
Nº 56
LEY_87_01 > Art. 56
- Costo y financiamiento del Régimen Contributivo. (Modificado por el Art. 1 de la Ley 188-07, de fecha 9 de agosto de 2007). El Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Régimen Contributivo se financiará con una cotización total de un nueve punto noventa y siete por ciento (9.97%) del salario cotizable, distribuido de la siguiente forma:
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• Un ocho punto cero por ciento (8.0%) destinado a la cuenta personal;
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• Un máximo de uno punto cero por ciento (1.0%) para cubrir el Seguro de Vida del afiliado;
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• Un cero punto cuatro por ciento (0.4%) destinado al Fondo de Solidaridad Social;
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• Un cero punto cinco por ciento (0.5%) para la comisión básica por la Administración de Fondos de Pensiones del Afiliado;
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• Un cero punto cero siete por ciento (0.07%) para financiar las operaciones de la Superintendencia de Pensiones.
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Las aportaciones para cubrir este costo serán como siguen:
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• Un dos punto ochenta y siete por ciento (2.87%) a cargo del afiliado;
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• Un siete punto diez por ciento (7.10%) a cargo del empleador.
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Párrafo I.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) reglamentará el proceso de contratación del Seguro de Sobrevivencia e Invalidez por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a fin de garantizar transparencia, competitividad, solvencia técnica y financiera.
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Párrafo II.- Se modifica el literal l) del artículo 287 de la ley 11-92, sobre el Código Tributario, que limita al cinco por ciento (5%) el aporte deducible de la renta imponible de las empresas por concepto de sus límites que establece el presente artículo.
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Párrafo III. - (Transitorio). A partir del mes de agosto del 2007, año quinto de la vigencia del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, las aportaciones serán como sigue:
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Desde Agosto 2007
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Partidas | Año 5 | Año 6 | Año 7
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Total | 9.00% | 9.47% | 9.97%
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Cuenta personal | 7.00% | 7.50% | 8.00%
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Seguro de vida de afiliado | 1.0% | 1.0% | 1.0%
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Fondo de Solidaridad Social | 0.40% | 0.40% | 0.40%
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Comisión de la AFP | 0.50% | 0.50% | 0.50%
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Operación de la Superintendencia | 0.10% | 0.07% | 0.07%
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Distribución del Aporte |
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Afiliado | 2.58% | 2.72% | 2.87%
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Empleador | 6.42% | 6.75% | 7.10%