ARTICULO
LEY_87_01
Nº 209
LEY_87_01 > Art. 209
- Modificación de la ley. La presente ley deroga la ley 385, sobre Seguros contra Accidentes de Trabajo y modifica la ley 1896, sobre Seguros Sociales en todo lo relativo al ejercicio de las funciones de dirección, regulación, financiamiento y supervisión, así como cualquier otra ley que le sea contraria.
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DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de abril del año dos mil uno; años 158° de la Independencia y 138° de la Restauración.
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Rafaela Alburquerque, Presidenta
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Ambrosina Saviñón Cáceres, Secretaria
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Rafael Ángel Franjul Troncoso, Secretario
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DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil uno (2001); años 158 de la independencia y 138 de la Restauración.
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Ramón Alburquerque, Presidente
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Ginette Bournigal de Jiménez, Secretaria
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Dario Ant. Gómez Martínez, Secretario
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Hipólito Mejía
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PRESIDENTE REPUBLICA DOMINICANA
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la República.
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PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
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DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de mayo del año dos mil uno (2001); años 158 de la Independencia y 138 de la Restauración.
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HIPOLITO MEJIA