⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_87_01 Nº 206

LEY_87_01 > Art. 206

- Supervisión, control y monitoreo. Todo lo relativo al proceso de supervisión, control y monitoreo del Seguro de Riesgos Laborales estará a cargo de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales.
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