ARTICULO
LEY_87_01
Nº 198
LEY_87_01 > Art. 198
- IDSS como asegurador de los riesgos laborales. El Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) tendrá a su cargo la administración y prestación de los servicios del Seguro de Riesgos del Trabajo, bajo las condiciones establecidas por la presente ley y sus normas complementarias.