⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_87_01 Nº 159

LEY_87_01 > Art. 159

- Seguro Nacional de Salud (SNS). El Seguro Nacional de Salud (SNS) es el asegurador público responsable de administrar los riesgos de salud de los afiliados indicados en el párrafo I del artículo 31 de la presente ley, el cual tendrá las siguientes funciones:
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