⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 83

LEY_63_17 > Art. 83

- Taxis por comunicación o plataforma tecnológica.** Los taxis por comunicación o plataforma tecnológica podrán ser operados sin obligatoriedad de un color determinado ni franja, y únicamente podrán recoger y dejar pasajeros en los lugares que éstos indiquen a través de cualquier plataforma tecnológica de telecomunicación.
Ver toda la ley 💬 Preguntar sobre esto