⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 76

LEY_63_17 > Art. 76

- Registro municipal de motocicletas.** Los ayuntamientos crearán el registro municipal de motocicletas destinadas al transporte de personas, así como la clasificación del tipo de motocicleta según su uso y cilindraje. <!-- --> Para este registro será necesaria:
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