ARTICULO
LEY_63_17
Nº 54
LEY_63_17 > Art. 54
- Revocación de las licencias de operación.** Serán causas de revocación o cancelación de las licencias de operación observadas las reglas del debido proceso administrativo, las siguientes: el interés público, la voluntad del operador y el incumplimiento de las obligaciones por parte del mismo.