⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 46

LEY_63_17 > Art. 46

- Modificaciones a las licencias de operación.** El INTRANT y los ayuntamientos podrán modificar los itinerarios, frecuencias de paso y el número de vehículos autorizados mediante las licencias de operación para la prestación del servicio público de transporte, o podrá otorgar nuevas licencias de operación en la misma zona de influencia, que garanticen la prestación del servicio.
Ver toda la ley 💬 Preguntar sobre esto