ARTICULO
LEY_63_17
Nº 36
LEY_63_17 > Art. 36
- Reestructuración de la red de servicios.** El servicio público de transporte terrestre de pasajeros podrá ser reestructurado según las condiciones, características y parámetros operativos, cuando se presente una expansión de la red o surja la necesidad de preservar la funcionalidad del sistema.