⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 345

LEY_63_17 > Art. 345

- Licitaciones para licencias de operación de transporte público de pasajeros.** Las licitaciones para licencias de operación deberán realizarse con empresas operadoras, consorcios o cualquier otro régimen asociativo de explotación del servicio de transporte de personas que facilite el proceso de reforma y modernización del sistema de transporte público de pasajeros u otra modalidad que aplique, para mejorar las condiciones económicas, sociales y profesionales de los operadores del servicio, y dignificar la calidad del sistema de movilidad que se le ofrece a los usuarios.
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