ARTICULO
LEY_63_17
Nº 341
LEY_63_17 > Art. 341
- Remisión de los registros sobre vehículos.** La Dirección General de Impuestos Internos, adscrita al Ministerio de Hacienda, remitirá al INTRANT, dentro del plazo de seis (6) meses de su constitución y funcionamiento, los registros sobre vehículos de motor existentes o permitirá su acceso en línea para los fines de garantizar la inspección técnica vehicular y la renovación del parque vehicular.