ARTICULO
LEY_63_17
Nº 333
LEY_63_17 > Art. 333
- Enseñanza de las normas de tránsito.** La Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL), en coordinación con el Ministerio de Educación, llevará a cabo las medidas correspondientes para incluir los programas de enseñanza de las normas del tránsito y seguridad vial, en el currículo de educación de los niveles educativos inicial, básico y medio.