ARTICULO
LEY_63_17
Nº 297
LEY_63_17 > Art. 297
- Derecho para formular una denuncia ordinaria.** Las disposiciones de este capítulo no privarán a ninguna persona o agente de la DIGESETT del derecho de formular una denuncia en la forma ordinaria de cualquier violación de esta ley y sus reglamentos, la cual podrá ser establecida por todos los medios de prueba de derecho común.