⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 296

LEY_63_17 > Art. 296

- Tasa de recargo por multas.** Los pagos realizados después de vencido el plazo sin que la persona haya solicitado la revocación correspondiente, tendrán un recargo de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario y sus leyes complementarias.
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