⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 294

LEY_63_17 > Art. 294

- Multas a peatones y pasajeros.** Las multas a los peatones y pasajeros se impondrán haciendo uso del número de cédula de identidad y electoral. Estas serán registradas para fines de expedición de certificados de buena conducta y antecedentes penales u otros documentos oficiales.
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