ARTICULO
LEY_63_17
Nº 290
LEY_63_17 > Art. 290
- Procedimientos.** Los agentes de la DIGESETT al levantar el acta de infracción de la violación a esta ley, sus reglamentos y cualquier otra disposición u ordenanza municipal sobre tránsito y transporte indicarán los artículos violados estableciendo la correspondiente citación al infractor.