ARTICULO
LEY_63_17
Nº 271
LEY_63_17 > Art. 271
- Educación vial.** Por medio de la presente ley se declara la educación vial de alto interés nacional, y en consecuencia, el INTRANT implementará un sistema de educación vial para garantizar el uso correcto de la vía pública a los conductores, peatones y pasajeros, y ejecutará las medidas siguientes: