ARTICULO
LEY_63_17
Nº 262
LEY_63_17 > Art. 262
- Pruebas aleatorias a conductores.** La alcoholimetría o prueba toxicológica podrá practicarse de manera preventiva, ya sea de carácter circunstancial o como parte de operativos a las personas que se encuentren en lugares públicos y que pretendan conducir un vehículo de motor, cuyo comportamiento el agente considere inadecuado y presente síntomas evidentes de tener disminuida su aptitud y facultades para realizar dicha actividad de conducción.