ARTICULO
LEY_63_17
Nº 260
LEY_63_17 > Art. 260
- Prueba toxicológica.** Las pruebas toxicológicas consistirán en la toma de saliva mediante un detector de drogas estéril y descartable, cuyo uso y aptitud hayan sido debidamente acreditados. Los dispositivos de detección, a través de un sistema de reactivos químicos selectivos, informarán si el conductor registra en su organismo la presencia de alguna sustancia prohibida o controlada que disminuya la aptitud y facultades para conducir.