⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 246

LEY_63_17 > Art. 246

- Transitar por la derecha.** El conductor de un vehículo puede alcanzar y pasar por la derecha de otro vehículo en la vía pública cuando sea posible efectuar este movimiento con seguridad, y solamente bajo las siguientes condiciones:
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