⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 240

LEY_63_17 > Art. 240

- Estacionamiento de vehículos de entidades o compañías de servicios públicos.** Estarán exentos de las reglas sobre estacionamiento dispuestas en el Artículo 234 de la presente ley, los vehículos de entidades o compañías que presten servicio público, cuando los mismos sean utilizados en operaciones de emergencia para corregir roturas, averías o interrupciones a dichos servicios.
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