⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 210

LEY_63_17 > Art. 210

- Violaciones a la autorización para conducir.** Se considerará violación a la presente ley y será sancionada con una multa equivalente de uno (1) a cinco (5) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos de la licencia que determine el reglamento, los actos siguientes:
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