ARTICULO
LEY_63_17
Nº 187
LEY_63_17 > Art. 187
- Oposición a traspaso.** Las oposiciones a traspasos serán notificadas de conformidad con el procedimiento del derecho común a la DGII, y serán inscritas en el Registro Nacional de Vehículos de Motor. No se inscribirán las ventas o traspasos sobre los vehículos que tengan oposición.