⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 155

LEY_63_17 > Art. 155

- Cruce sobre mangueras de bomberos.** Los conductores no deberán cruzar sobre las mangueras de los bomberos mientras son utilizadas, salvo que hayan sido autorizados o cuando la manguera esté protegida. Los que violen esta disposición serán sancionados con una multa equivalente a un (1) salario mínimo del que impere en el sector público centralizado.
Ver toda la ley 💬 Preguntar sobre esto