ARTICULO
LEY_63_17
Nº 137
LEY_63_17 > Art. 137
- Semáforo de carriles.** El INTRANT o los ayuntamientos colocarán semáforos especiales sobre carriles individuales de una vía pública, que reflejarán flechas verdes en dirección al pavimento o X amarillas o rojas, y estas indicaciones tendrán el significado siguiente: