⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 133

LEY_63_17 > Art. 133

- Respeto a las señales del semáforo.** En cualquier punto en que el tránsito esté regulado por semáforos, los conductores deberán respetar la señal, conforme al color que corresponda. La violación a esta disposición será sancionada con multa equivalente de uno (1) a cinco (5) salarios mínimos del sector público centralizado y la reducción de los puntos en la licencia de conducir que determine el reglamento.
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