⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 132

LEY_63_17 > Art. 132

- Señalización oficial del tránsito.** El INTRANT regulará las señales de tránsito y establecerá sus estándares. Además, fiscalizará la señalización de las vías públicas, las cuales deberán ser conservadas en perfectas condiciones de visibilidad.
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