ARTICULO
LEY_63_17
Nº 114
LEY_63_17 > Art. 114
- Documentos requeridos para el embarque de la carga transportada.** Los prestadores del servicio de transporte de cargas deberán llevar para cada embarque la factura comercial, conduce u otros documentos comerciales que correspondan para el registro de informaciones emanadas de las transacciones comerciales. EL INTRANT establecerá mediante reglamento los documentos correspondientes para el transporte interno, transporte con origen o destino a las zonas francas y transporte de cargas de importación y exportación.