⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_63_17 Nº 109

LEY_63_17 > Art. 109

- Modalidades del transporte de cargas.** El servicio de transporte de cargas será operado en distintas modalidades como acarreo, a granel, comerciales, pesadas, multimodales, especializados, peligrosos o expresos. Los criterios relativos a su clasificación, tipos y condiciones de circulación serán regulados por el INTRANT, mediante reglamento dictado al efecto.
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