⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_51_23 Nº 25

LEY_51_23 > Art. 25

- Derecho de Acogencia.** Los contribuyentes que efectúen el pago íntegro de la obligación tributaria, según disponen los numerales 1) y 2) del artículo 21 de la presente ley, solo se considerarán recibir de parte de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la notificación del acto administrativo de aceptación.
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