⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_47_20 Nº 94

LEY_47_20 > Art. 94

Se establece un plazo de doce meses a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta ley para la creación y puesta en funcionamiento de la Dirección General de Alianzas Público-Privadas. Hasta tanto la Dirección General quede formalmente establecida y en ú pleno funcionamiento, sus funciones estarán a cargo del Ministerio de la Presidencia o en quien este delegue.
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