⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_47_20 Nº 93

LEY_47_20 > Art. 93

Reglamentación de la ley. El Poder Ejecutivo dictará el o los reglamentos de ejecución y aplicación previstos en esta ley en un período no mayor a seis meses contados a partir de su entrada en vigencia.
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