ARTICULO
LEY_47_20
Nº 8
LEY_47_20 > Art. 8
La Dirección General de Alianzas Público-Privadas está integrada por un órgano colegiado que se denominará Consejo Nacional de Alianzas Público-Privadas y por un funcionario ejecutivo, designado por el presidente de la República, quien tendrá a su cargo la dirección, control y representación de la Dirección General de Alianzas Público-Privadas.